5 Ago

Reglamento Sorteo Motos Campaña "DARSALUD PREMIA SU FIDELIDAD".

Toda persona que desee participar en el sorteo de las motos de la campaña DARSALUD PREMIA SU FIDELIDAD, deberá conocer y ACEPTAR este reglamento (entiéndase por tal en adelante, este documento), sus condiciones y limitaciones tanto para la participación, promoción,el premio y su forma de reclamarlo u obtenerlo.

Del primero (1) de agosto de 2019 al treinta (30) de septiembre de 2019, las personas interesadas en participar de esta promoción (entiéndase por tal en adelante la actividad aquí reglamentada) podrán hacerlo de la siguiente forma:

Por compras mayores o iguales a Doce mil pesos moneda corriente ($12.000) realizadas en nuestras Droguerías de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., (No incluyen compras de productos de concesiones como Juego de azar, Baloto, pines y recargas virtuales), el cliente deberá diligenciar en el tiquete sus datos personales (nombre completo, cedula, teléfono, dirección y/o correo electrónico) y así única y exclusivamente podrá participar en el sorteo de dos motos AKT 110 SPECIAL (0) kilómetros. Las facturas no son acumulables.

Para participar en el sorteo, el cliente deberá depositar el desprendible del tiquete de compra que le entrego el dependiente debidamente diligenciado(s) con todos sus datos personales en los buzones ubicados en cada uno de nuestros puntos de venta tanto en Cali como en los municipios de Buga, Guacari, Ginebra, Cerrito, Vijes, Palmira, Pradera, candelaria, florida, Puerto Tejada, Jamundí, Santander de Quilichao Y Buenaventura. La presente promoción se rige por este reglamento y en forma complementaria, se tiene por incorporada la legislación nacional y las normas de Protección al Consumidor, en cuanto sean aplicables.

El reclamo, la aceptación y el recibo de un premio, conllevan la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto al premio, en concordancia con lo manifestado en el primer aparte del presente reglamento. El simple acto de reclamar el desprendible del tiquete de compra, diligenciado y/o reclamar el premio, tal y como se describe en este reglamento, dará por hecho que el cliente participante, conoce de la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, a las cuales se ha adherido.

Para todos los efectos legales se entenderá que el ganador conoce y acepta el presente reglamento, con el solo hecho de haber plasmado sus datos personales en el tiquete de compra en forma manual o personalizada y en cuyo caso, se podrá exigir al ganador, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración donde acepte por completo todas y cada una de las cláusulas del presente reglamento.

Si una persona no se adhiere o no entrega su información personal solicitada o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. no asumirá algún tipo de responsabilidad sobre el desconocimiento de las condiciones plasmadas en este reglamento.

ASPECTOS GENERALES

  1. El presente reglamento, la publicidad, la promoción su logística y todo lo que se derive de ellos, pertenecen a DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. En la presente promoción participarán todos los productos y mercancías que se comercializan en nuestras Droguerías.

  2. La vigencia de esta promoción será del primero (01) de agosto de dos mil diez y nueve (2019) al treinta (30) de septiembre de dos mil diez y nueve (2.019).

  3. Serán requisitos indispensables para participar en la presente promoción, los siguientes:
    • Ser persona natural
    • Según nuestra legislación Colombiana, ser mayor de edad (18 años)
    • Ser portador del documento de identificación vigente, original y válida para nuestra legislación colombiana. Cédula de Ciudadanía, Cédula de Extranjería, Contraseña con la debida autorización de la Registradora Nacional de Estado Civil, etc.
    En ninguna caso, se aceptara la presentación de fotocopias autenticas de los documentos de identidad, contraseñas sin el respectivo sello de la Registraduría Nacional de Estado Civil o denuncias por perdida o hurto de los documentos de identidad.

CONDICIONES EN LOS TIQUETES DE COMPRAS

  1. Los tiquetes de compra que se utilicen para participar en esta promoción, deben ser ORIGINALES, por lo tanto no se aceptarán fotocopias, facsímiles, imitaciones o reproducciones por cualquier medio que incumpla en general con el presente reglamento.

  2. DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. podrá aplicar todas las medidas de seguridad que considere convenientes, en la verificación de los desprendibles y desechará cualquier tipo de material que no corresponda con el desprendible del tiquete de compra.

  3. La simple duda sobre la originalidad, sobre la identidad o datos de localización del participante, hará que el tiquete de compra sea eliminado, es importante por esto que los los tiquetes estén debidamente pre-diligenciados, y sin lugar a tachones o enmendaduras.

EN LA PROMOCIÓN

  1. Todo lo que no se encuentra previsto en el presente reglamento y que afecte de alguna manera el desarrollo de la promoción, se resolverá por la Gerencia General de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. en primera instancia, o por la legislación nacional si es el caso.
  2. Será causal de suspensión inmediata de la promoción referente a este reglamento: a) Cualquier fraude, alteración, imitación, reimpresión, sustitución o irregularidad en los tiquetes que pudiere afectar de manera alguna la transparencia de la promoción y el sorteo.
    b) Eventos de fuerza mayor o caso fortuito que afecten gravemente los intereses de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. En estos casos DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. no asumen responsabilidad alguna y estarán obligados a comunicar de esta circunstancia públicamente, fecha a partir de la cual la promoción cesará.
  3. Las garantías, características, limitaciones, cualidades y calidades de las motos objeto de sorteo, cuenta con las limitaciones propias de la empresa proveedora del mismo.
  4. DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. se compromete a entregar el premio, con y en las condiciones y limitaciones establecidas en este documento, por lo tanto, no se aceptarán reclamos o mejorías sobre los mismos.
  5. En NINGUN caso, el premio podrá ser redimible en dinero.
  6. La responsabilidad de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. culmina con la entrega del premio ofrecido en este sorteo promocional, por tanto:
    a) El cliente ganador se hará cargo de todos los gastos que se deriven del mantenimiento y uso de la moto tales como llantas, gasolina, aceite, accesorios, impuestos de rodamiento, etc. En todo caso, el ganador es el responsable y estará a su cargo, el pago de la matricula del vehículo y el seguro del mismo.
    b) El cliente ganador deberá hacerse cargo del pago de los impuestos o gravámenes a que hubiere lugar y que se generaren por este sorteo.
    c) Una vez entregado las motos, los gastos de mantenimiento correrán por cuenta del cliente ganador.
    d) El cliente ganador deberá conocer y aceptar las limitaciones relativas al uso y garantías de las motos.
    e) El cliente ganador será responsable del uso y disfrute de la moto que recibirá, desde el momento mismo en que entre en su posesión, excluyendo a DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. de cualquier inconveniente o problema que se le pueda presentar por el uso de la moto, ni por los daños que se puedan ocasionar, ni por las infracciones a la ley de tránsito. Asimismo, será responsable por la obtención y/o renovación de la licencia de conducir de las personas que hagan uso de la moto.
    f) DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. no se responsabilizan por accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos que puedan ocurrir por el uso y disfrute de cualquier premio, ya sea en la persona favorecida, sus familiares o terceros.
  7. El color y modelo de las motos ya han sido escogidos, por lo tanto no se aceptan reclamos en ese sentido. Las motos son nuevas, pero estará en exhibición, por lo tanto no se aceptarán reclamos si éste se ensucia o presenta algún rayón o mancha por estar expuesto al público.
  8. El cliente ganador deberá firmar conforme el recibo de su premio, aceptar todas las limitaciones y condiciones que el premio represente y liberar a DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. de toda responsabilidad. En el evento injustificado de haber aceptado el premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el cliente ganador perderá su derecho al premio.
  9. Si el cliente ganador no acepta el premio y sus condiciones, se considera que ha renunciado al mismo y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
  10. El derecho al premio y el premio en sí, no son negociables, ni puede ser comercializado de ninguna forma. El premio será entregado únicamente a la persona declarada como ganadora en el sorteo de la presente promoción, una vez se verifique que cumpla con los requisitos reglamentarios.
  11. DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. podrá verificar toda transacción hecha por el cliente participante, o la forma de haber recibido un tiquete, ello en cualquier momento dentro del período promocional, durante el sorteo o posteriormente. Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos, con los fines de perjudicar la promoción, a las marcas patrocinadoras; con el objeto de obtener el premio en forma ilegítima; o si la persona recibió un desprendible del tiquete de compra por medio de engaño, o de alguna otra forma que no sea la establecida para ser acreedora de estos desprendibles; o si recibió el premio como consecuencia de lo anterior o causa parecida, es decir, que no sea en la forma que se indica en este reglamento, DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. podrá solicitar la restitución del premio y se reservan el derecho de tomar las acciones legales del caso.
  12. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, el cliente ganador autoriza a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones en redes sociales y demás medios publicitarios y en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que estas publicaciones impliquen remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
  13. No podrán concursar los empleados o colaboradores de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. y de empresa del mismo grupo empresarial, entiéndase como personal contratado por DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S. directamente o a los empleados contratados con empresas de trabajo temporal o cooperativas o contratos de aprendizaje o contrato de prestación de servicios que presten sus servicios a la empresa y sus familiares como cónyuge, hijos y padres, al igual no podrán participar personal que tenga alquilados espacios en los Centros Médicos de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S.
  14. Para mayor información o consultas se puede llamar a la línea de atención al cliente 485 13 23, en horas y días hábiles de atención, o comunicarse con el personal de la droguería de DARSALUD más cercano a usted.

SORTEO Y DIVULGACIÓN

  1. El sorteo se llevará a cabo el día doce (12) de Octubre del año dos mil diez y nueve (2019), a la hora e instalación que se seleccionará en su momento en la ciudad de Cali – Valle.
    DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., se reservan el derecho de cambiar el día, fecha y hora del sorteo, cuando se presentes situaciones de fuerza mayor o caso fortuito o cuando considere que la transparencia del sorteo se pueda ver afectada.
  2. El día del sorteo, todos los tiquetes de compras debidamente pre-diligenciados y con las condiciones previstas en la parte inicial del presente reglamento, serán reunidos y revueltos suficientemente.
  3. DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., se reserva el derecho a escoger el mecanismo o procedimiento por medio del cual se hará la escogencia del tiquete de compra ganador. Una vez hecho esto, se procederá a sacar al azar el tiquete de compra ganador y a verificar los datos diligenciados en el mismo, todo esto delante de clientes y funcionarios de la empresa en especial del Gerente General de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., o a quien este delegue.
  4. El cliente ganador será contactado vía telefónica por DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., al teléfono aportado en el tiquete de compra, para constatar su identidad y datos personales, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos indicados en el presente documento. Si el cliente ganador no fuese localizado en el transcurso de 24 horas posteriores al sorteo, o no cumpliere con los requisitos exigidos en el reglamento, se procederá a realizar un nuevo sorteo, dejando constancia de los hechos en acta escrita suscrita por el Gerente General de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., o a quien este delegue y DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., no tendrán la obligación de investigar los motivos por los cuales una persona no es contactada en el teléfono que brindó para participar.
  5. El sorteo se llevará a cabo frente al Gerente General de DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., o a quien este delegue y de clientes de la empresa, si fuere el caso, levantándose el acta respectiva.
  6. El resultado del sorteo podrá darse a conocer por cualquier medio de publicidad que DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., considere conveniente.

PREMIOS

  1. Sólo la persona que aparece en el tiquete de compra como titular podrá reclamar el premio, para ello deberá:
    a) Presentar documento de identidad vigente y original, al igual que una copia del mismo.
    b) Existir total coincidencia entre los datos presentes en el documento y los diligenciados en el desprendible del tiquete de compra. El simple hecho de resultar favorecido en el sorteo, no implicará que la persona resulte ganadora, sino hasta que se corrobore la información y se hayan cumplido los requisitos.
  2. Las Motos pertenecerá a DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., y quedará facultado para realizar un nuevo sorteo o para disponer del premio a su discreción, si pasados treinta (30) días a la fecha en que se notificó al cliente ganador, el premio no ha sido reclamado o no ha sido efectivo por cualquier razón no imputable a DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S.
  3. DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S., definirán y comunicarán el lugar, la fecha y hora, en que el premio será entregado al cliente ganador.

Dado en Santiago de Cali., al primer día (01) día del mes de agosto del año dos mil diez y nueve (2019).



WALTER GUTIERREZ TORRES
Gerente General
DARSALUD Y BIENESTAR S.A.S

Solicita ya tu pedido a través de nuestro WhatsApp!!!